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31 de marzo de 2011

SAFJA se querella contra el Consejero y el Viceconsejero de Empleo por incumplir la Ley de Prevención.

Tras la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz y la denuncia interpuesta en la Comisión de las Comunidades Europeas, el Sindicato continúa con la lucha por la vía penal y exige que la Junta salvaguarde la seguridad y la salud de sus propios trabajadores.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía presentó ayer jueves, 24 de marzo de 2011, una querella contra el Consejero y el Viceconsejero de Empleo de la Junta por la posible comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y por poner en peligro a sus propios trabajadores (Art. 316 del Código Penal). El bien jurídico protegido por la prevención de riesgos laborales es la salud y la vida de los trabajadores. El Consejero y el Viceconsejero de la Consejería de Empleo son los máximos responsables de la falta de planes de prevención y planes de emergencia y evacuación en la Administración General de la Junta. (Ver querella) (Ver en prensa).


Resulta paradójico e inmoral que la Administración Pública persiga a los empresarios que no cumplen sus obligaciones en materia de prevención con sus trabajadores y que en la Administración se dé este mal ejemplo. Hay que tener en cuenta que las obligaciones antedichas vienen establecidas por la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y que han pasado más de quince años de incumplimiento continuado en casi todos los centros de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía. Este tipo de incumplimiento en una empresa privada supondría aumento de las cuotas de la Seguridad Social e incluso podría acarrear el cierre de la empresa puesto que los costes que suponen los daños ocasionados en la salud y la vida de los trabajadores los pagamos la sociedad en su conjunto.

Además, SAFJA ha presentado una denuncia contra la Junta ante la Comisión de las Comunidades Europeas por incumplimiento del derecho comunitario en materia de prevención (Ver denuncia). Conviene recordar que la Ley 31/95 es la transposición a nuestro derecho interno de una directiva europea del año 1989. La Ley 31/95 en su exposición de motivos establece: “El artículo 40.2 de la Constitución Española (y el artículo 37 de nuestro flamante Estatuto de Autonomía) encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Este mandato constitucional conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo y encuentra en la presente Ley su pilar fundamental. En la misma se configura el marco general en el que habrán de desarrollarse las distintas acciones preventivas, en coherencia con las decisiones de la Unión Europea que ha expresado su ambición de mejorar progresivamente las condiciones de trabajo y de conseguir este objetivo de progreso con una armonización paulatina de esas condiciones en los diferentes países europeos”.

Los días 14 y 17 de marzo de 2011 SAFJA presentó otros dos escritos en materia de prevención. En el primer caso a la Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia en Sevilla donde se ha aprobado un plan de prevención de riesgos laborales realizado por una empresa externa sin la preceptiva evaluación inicial de riesgos por nuestro servicio de prevención propio, el centro provincial de prevención de riesgos laborales. Además, se ha realizado por una empresa un informe que incluye la medición de los campos electromagnéticos generados por varias estaciones base de telefonía móvil. Informe que no reúne los requisitos básicos de un documento técnico de estas características (Ver escrito presentado ante la D.P. Economía).

El segundo caso, con consecuencias aún más graves, tiene su origen en la anterior Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública en Sevilla, actual Delegación de Gobernación y Justicia, donde la entonces Secretaria General, tras dar la orden de fumigar contra los ácaros de los excrementos de las palomas, una trabajadora tuvo una accidente por caída al mismo nivel que le produjo una fractura vertebral con una baja de diez meses y secuelas de por vida. Casi un año y medio después, la Inspección de Trabajo reconoce en una resolución que cuando la trabajadora tuvo el accidente no había aprobado un plan de prevención de riesgos laborales en la anterior Delegación de Justicia, después de quince años de vigencia de la Ley 31/95. El escrito presentado se fundamenta en que tras la nueva reubicación de la actual Delegación de Gobernación y Justicia sigue sin haber aprobado un plan de prevención de riesgos laborales a pesar de seguir existiendo riesgo de caída al mismo nivel, en este caso por mal estado del suelo plástico tipo sintasol. (Ver escrito presentado ante la D.P. Gobernación).

Desde las últimas elecciones sindicales del año 2007, SAFJA ha presentado multitud de escritos denunciando incumplimientos relacionados con prevención de riesgos laborales. Este Sindicato ha denunciado la presencia de bombonas de gas halón 1301, prohibido por su capacidad destructiva de la capa de ozono, en servicios informática; invasión por campos electromagnéticos en varios centros de trabajo por la presencia centros transformadores de alta tensión o estaciones base de telefonía móvil ubicadas dentro de diferentes centros de trabajo; problemas de exceso de ruido y acoso moral; ausencia de vigilancia de salud de acuerdo con protocolos en virtud de los riesgos detectados; falta de planes de prevención, de emergencia y evacuación, etcétera.

Hace más de un año, en virtud del derecho de información que reconoce la Ley 31/95, el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía solicitó a la Consejería de Empleo información sobre cuáles son los centros de trabajo de la Administración General de la Junta que tienen la documentación preventiva al corriente y cuáles todavía no han realizado el plan de prevención de riesgos laborales compuesto por la evaluación inicial de riesgos y la planificación de la prevención; además del plan de emergencia y evacuación. Ante la negativa a facilitar la documentación solicitada, desde SAFJA se decidió presentar una queja al Defensor del Pueblo Andaluz. El Defensor ha dejado claro en su resolución que en virtud de la propia Ley 31/95, SAFJA tiene derecho a tener la información solicitada. (Ver resolución).

En conclusión, en la Administración General de la Junta la prevención de riesgos laborales no está integrada dentro de la estructura de la Empresa-Administración, entre otras cosas, porque los órganos de participación específicos en materia de prevención, si bien están constituidos desde el año 2001 por Acuerdo de Consejo de Gobierno que aprueba un Acuerdo anterior de la Mesa General de Negociación, están totalmente inoperativos y además no se han renovado sus miembros, los Delegados de Prevención, después de la constitución de las nuevas Juntas de Personal tras las diferentes elecciones sindicales. De la inoperatividad de los Comités de Seguridad y Salud son responsables los sindicatos firmantes del acuerdo citado, UGT, CCOO y CSI-F, que estando legitimados para impugnar el acuerdo no lo hacen, no sabemos si esa dejación de funciones pudiera o no tener algo que ver con las multimillonarias subvenciones que reciben estos sindicatos.

Desde SAFJA, nos parece una vergüenza y un insulto a la inteligencia de todos los que trabajamos en la Administración General, que la Junta de Andalucía se gaste el dinero público en campañas publicitarias institucionales multimillonarias en vez de gastarlo en hacer prevención, creando puestos de trabajo en las RPTs. Campaña publicitaria institucional multimillonaria como la que se hizo en vallas publicitarias y periódicos con un fotograma de la película “Tiempos Modernos” de Charles Chaplin bajo el lema “Trabajar sin prevención es cosa del pasado” (Ver más información). Ante esta provocación nosotros nos preguntamos ¿Si trabajar sin prevención es cosa del pasado, trabajar en la Administración General de la Junta de Andalucía sin prevención también debería ser cosa del pasado?, ¿o no?.


Fuente: SAFJA.

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