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18 de enero de 2016

Tras denuncia de Agentes de Medio Ambiente ingresa en prisión el exalcalde de Cómpeta condenado por delito urbanístico #AAMM #AAFF

Ingresa en prisión el exalcalde de Cómpeta, condenado a dos años por delito urbanístico. El juez toma la decisión al considerar como antecedentes las sentencias por otras causas también contra la ordenación del territorio.

Los delitos urbanísticos siguen pasando factura a algunos cargos públicos en la Axarquía. El exalcalde de Cómpeta entre 1991 y 2007, y de Canillas de Albaida, entre 1979 y 1991, Leovigildo López Cerezo (Cómpeta 1944), se encuentra desde el pasado sábado 9 de enero en la prisión de Alhaurín de la Torre, por orden del Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga, después de que en 2014 fuera condenado a dos años de cárcel por construirse un almacén sin licencia en suelo no urbanizable.

López Cerezo, de 72 años de edad, tuvo que ingresar en la cárcel después de que la Audiencia Provincial rechazara el recurso de ingreso en prisión presentado por su representación legal. Sobre el exregidor pesan 28 años de inhabilitación y multas impuestas por diversos delitos urbanísticos anteriores a dicha condena. La consideración de tales condenas como antecedentes es lo que ha llevado al Juzgado a ordenar su ingreso en prisión. 

El Juzgado de lo Penal número 4 de la capital dictó el pasado 14 de diciembre una providencia fijando un plazo de cinco días para el ingreso voluntario de López Cerezo en el centro penitenciario más cercano, bajo apercibimiento de decretar su búsqueda, detención e ingreso en prisión. Ante este auto el exregidor optó por presentarse voluntariamente el pasado sábado, por lo que desde entonces se encuentra en la cárcel de Alhaurín de la Torre.

Aunque desde que se produjo la sentencia en 2014 el exalcalde ha procedido a la demolición del almacén –el fallo judicial le imponía la obligación de demoler a su costa las obras para el restablecimiento de la legalidad urbanística–, ello no ha impedido su ingreso en prisión. 

El almacén fue edificado en el paraje conocido como Cortijo Ranuelas, zona calificada como suelo no urbanizable protegido al estar dentro del Parque Natural Sierras Tejeda, Almijara y Alhama, dentro del término municipal de Canillas de Albaida. 

Se trataba de una edificación de dos plantas y sin comunicación interna de 29,4 metros cuadrados construidos, situado junto a una antigua ruina de una construcción anterior, lo que llevó a Fiscal a considerar que se trataba de una edificación nueva. 

Las obras fueron descubiertas en agosto de 2009 estando aún en ejecución por los Agentes de Medio Ambiente, cuando López ya había dejado el cargo de alcalde de la localidad de Cómpeta y se había alejado también de la actividad política. 

Condena.

El procedimiento finalizó en una condena por un delito contra la ordenación del territorio a dos años de prisión, multa de 7.200 euros e inhabilitación para oficio relacionado con la construcción por dos años.

Se trata de la cuarta sentencia condenatoria que recae sobre el exregidor.La diferencia es que en las tres anteriores las penas eras de inhabilitación y multa. Han sido estas condenas lo que ha llevado al Juzgado de la Penal número 4 a considerar que López contaba con antecedentes y por tanto debía cumplir la condena de prisión.

En 2008, el exedil fue condenado a siete años de inhabilitación por el Juzgado de los Penal número 1 por un delito contra la ordenación del territorio por conceder en 2001 un licencia de obras en suelo no urbanizable. En 2011, el Juzgado de lo Penal número 3 volvía a condenar al exmandatario a otros siete años de inhabilitación, también por conceder una licencia en suelo no urbanizable. Asimismo, en 2013, el Juzgado de lo Penal 4 dictaba una nueva condena, esta vez de 14 años de inhabilitación, por dos delitos de prevaricación urbanística, por conceder varias licencias en suelo no urbanizable. 

El exalcalde de Cómpeta fue absuelto por otra parte en abril de 2015 de un delito urbanístico por autorizar en 2003 la construcción de 15 viviendas unifamiliares en suelo rústico tras retirar la fiscalía la acusación.

Fuente: diariosur.es

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